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Estudios Anamar

CURSO CONTABILIDAD AVANZADA

contabilidad avanzada cef

Curso de Contabilidad Avanzada. Podrás conocer y contabilizar ciertas problemáticas contables que se dan dentro y fuera del entorno empresarial.

Conocer otras operaciones no relacionadas con el tráfico normal de la empresa. Aprender a contabilizar curso bonificado, detallar las fases del proceso de regularización y cierre del ejercicio. Aprender a estudiar la rentabilidad de la empresa.

Curso de Contabilidad Avanzada 

Matrícula: Abierta

Modalidad: E-learning 

Precio Único:   325 €  

Duración Estimada:  110 horas

Forma de Pago: Tarjeta Bancaria o Transferencia Bancaria (Bonificado con la Fundae)

TEMARIOOBJETIVOS¿CÓMO BONIFICAR LOS CURSOS?

UD1. Introducción a la contabilidad.

    • 1.1. El patrimonio de la empresa.
      1.2. El plan general contable: estructura.
      1.3. Los libros contables.
    1.4. El ciclo contable.

UD2. Contabilización de las operaciones con las administraciones públicas.

    • 2.1. Contabilización de nóminas y seguros sociales.
      2.2. Contabilización de retenciones por IRPF.
      2.3. El impuesto sobre el beneficio de sociedades.
    2.4. Contabilización de otros tributos: impuestos locales y autonómicos.

UD3. El inmovilizado.

    • 3.1. Composición del activo fijo y particularidades de valoración.
      3.2. Adquisiciones de inmovilizado.
      3.3. Amortizaciones de inmovilizado.
      3.4. Pérdidas por deterioro de valor.
      3.5. Enajenaciones de inmovilizado.
      3.6. Inmovilizado intangible.
      3.7. Inversiones inmobiliarias.
      3.8. La regla de prorrata del IVA en los bienes de inmovilizado.
    3.9. Permutas.

UD4. La financiación ajena de la empresa.

    • 4.1. Deudas por préstamos y créditos.
      4.2. Subvenciones.
      4.3. La financiación por leasing o arrendamiento financiero.
    4.4. El contrato de Renting o Alquiler.

UD5. Otras cuentas financieras.

    • 5.1. Fianzas y depósitos.
    5.2. Otras cuentas no bancarias. Relaciones entre la empresa y sus propietarios.

UD6. Otras cuentas financieras (II).

    • 6.1. Constitución de empresas. El capital.
      6.2. Aumentos y disminuciones del capital.
      6.3. Correcciones por deterioro de valor.
      6.4. Provisiones y contingencias.
    6.5. Distribución de beneficios. Las reservas.

UD7. La regularización y cierre del ejercicio contable.

    • 7.1. El proceso de regularización.
      7.2. Contabilización de operaciones no formalizadas.
      7.3. La periodificación contable.
      7.4. Reclasificación de deudas.
    7.5. El cierre del ejercicio. Formulación, registro y publicidad de las cuentas anuales e inscripción en el registro mercantil.

UD8. Introducción al análisis de balances.

    • 8.1. Introducción.
      8.2. Análisis financiero.
      8.3. Análisis económico.
      8.4. Estudio de las situaciones de equilibrio del balance.
    8.5. Análisis dinámico del patrimonio.

UD9. Aspectos legales de la contabilidad.

      • 9.1. Normativa en materia contable.
        9.2. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC).
        9.3. Legislación sobre libros de contabilidad.
        9.3. 3. Libros obligatorios establecidos por la legislación fiscal.
        9.4. La auditoría de cuentas. Consideraciones generales.

9.5. Formulación, registro y publicidad de las cuentas anuales.

Conocer los aspectos legales fundamentales, avanzada, en materia contable que se ajusta a lo expuesto en el itinerario de aprendizaje perteneciente al Módulo Formativo MF0231_3 Contabilidad y Fiscalidad regulado en el Real Decreto 645/2011, de 9 de mayo y que permitirá al alumnado adquirir las competencias profesionales necesarias para poder llevar a cabo la gestión administrativa y contabilidad de una empresa.

¿Cuál es el Procedimiento para acceder a los Cursos Bonificables Fundae Empresas?

  1. Nos indicas los Cursos Fundación Tripartita online que deseas realizar.
  2. Te enviaremos presupuesto con los cursos elegidos.
  3. Una vez aceptados, te enviaremos la Ficha de Participante y el RTL, Representante.
  4. Comprobamos crédito disponible en la Fundae y procedemos a realizar la gestión con la Fundación Tripartita, para dar de alta a la formación. Les emitiremos la factura y comenzaremos la formación.
  5. Al finalizar el curso, entregaremos a la empresa el certificado para que la asesoría o el departamento de recursos humanos descuente el importe pagado de los seguros sociales.

¿Qué Documentos hay que presentar?

Fundae: Fundación Tripartita

La Fundae es la Fundación Tripartita, se gestionan cursos de formación para trabajadores, en modalidad de teleformación a través de las bonificaciones de la seguridad social. 

Una vez realizado, se comenzará la formación bonificada a través de la plataforma de teleformación de Estudios Anamar. 

 

Solicita más Información

Principios Contables

La contabilidad de la empresa y, en especial, el registro y la valoración de los elementos de las cuentas anuales, se desarrollarán aplicando obligatoriamente los principios contables que se indican a continuación:

1. Empresa en Funcionamiento.

Se considerará, salvo prueba en contrario, que la gestión de la empresa continuará en un futuro previsible, por lo que la aplicación de los principios y criterios contables no tiene el propósito de determinar el valor del patrimonio neto a efectos de su transmisión global o parcial, ni el importe resultante en caso de liquidación.

En aquellos casos en que no resulte de aplicación este principio, en los términos que se determinen en las normas de desarrollo de este Plan General de Contabilidad, la empresa aplicará las normas de valoración que resulten más adecuadas para reflejar la imagen fiel de las operaciones tendentes a realizar el activo, cancelar las deudas y, en su caso, repartir el patrimonio neto resultante, debiendo suministrar en la memoria de las cuentas anuales toda la información significativa sobre los criterios aplicados.

2. Devengo.

Los efectos de las transacciones o hechos económicos se registrarán cuando ocurran, imputándose al ejercicio al que las cuentas anuales se refieran, los gastos y los ingresos que afecten al mismo, con independencia de la fecha de su pago o de su cobro.

3. Uniformidad.

Adoptado un criterio dentro de las alternativas que, en su caso, se permitan, deberá mantenerse en el tiempo y aplicarse de manera uniforme para transacciones, otros eventos y condiciones que sean similares, en tanto no se alteren los supuestos que motivaron su elección. De alterarse estos supuestos podrá modificarse el criterio adoptado en su día; en tal caso, estas circunstancias se harán constar en la memoria, indicando la incidencia cuantitativa y cualitativa de la variación sobre las cuentas anuales.

4. Prudencia.

Se deberá ser prudente en las estimaciones y valoraciones a realizar en condiciones de incertidumbre. La prudencia no justifica que la valoración de los elementos patrimoniales no responda a la imagen fiel que deben reflejar las cuentas anuales.

Asimismo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 bis del Código de Comercio, únicamente se contabilizarán los beneficios obtenidos hasta la fecha de cierre del ejercicio. Por el contrario, se deberán tener en cuenta todos los riesgos, con origen en el ejercicio o en otro anterior, tan pronto sean conocidos, incluso si sólo se conocieran entre la fecha de cierre de las cuentas anuales y la fecha en que éstas se formulen.

En tales casos se dará cumplida información en la memoria, sin perjuicio de su reflejo, cuando se haya generado un pasivo y un gasto, en otros documentos integrantes de las cuentas anuales. Excepcionalmente, si los riesgos se conocieran entre la formulación y antes de la aprobación de las cuentas anuales y afectaran de forma muy significativa a la imagen fiel, las cuentas anuales deberán ser reformuladas.

Deberán tenerse en cuenta las amortizaciones y correcciones de valor por deterioro de los activos, tanto si el ejercicio se salda con beneficio como con pérdida.

5. No Compensación.

Salvo que una norma disponga de forma expresa lo contrario, no podrán compensarse las partidas del activo y del pasivo o las de gastos e ingresos, y se valorarán separadamente los elementos integrantes de las cuentas anuales.

6. Importancia Relativa.

Se admitirá la no aplicación estricta de algunos de los principios y criterios contables cuando la importancia relativa en términos cuantitativos o cualitativos de la variación que tal hecho produzca sea escasamente significativa y, en consecuencia, no altere la expresión de la imagen fiel.

Las partidas o importes cuya importancia relativa sea escasamente significativa podrán aparecer agrupados con otros de similar naturaleza o función.

En los casos de conflicto entre principios contables, deberá prevalecer el que mejor conduzca a que las cuentas anuales expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.